La reglamentación comunitaria permite la posibilidad de elaborar vinos con indicación geográfica, siempre que hayan sido obtenidos de determinadas variedades y que procedan de una determinada zona de producción. En España, estos vinos se denominan Vinos de la Tierra y pueden utilizar en su etiquetado menciones relativas a las variedades, añadas y nombre de la explotación, así como a las condiciones naturales o técnicas de la viticultura que hayan dado lugar al vino.
La importancia tanto social como económica del sector en la región, así como el esfuerzo en modernización realizado por productores, elaboradores, embotelladores y comercializadores en estos últimos años, exige un instrumento que les permita ofrecer al mercado sus vinos de calidad dignamente etiquetados.
Tipos de vinos:
Los tipos de vinos que se pueden elaborar en la IGP Vinos de la Tierra de Castilla son: vinos blancos, rosados y tintos; vinos de aguja; vinos espumosos; vinos de licor; y vinos de uvas sobremaduradas.
Variedades de uvas de vinificación:
– Blancas: Airén, Albillo Real, Chardonnay, Gewürztraminer, Macabeo oViura, Malvar, Malvasía Aromática, Marisancho o Pardillo, Merseguera, Moscatel de grano menudo, Moscatel de Alejandría, Parellada, Pedro Ximénez, Riesling, Sauvignon blanc, Torrontés, Verdejo, Verdoncho y Viognier.
– Tintas: Bobal, Cabernet-sauvignon, Cabernet-franc, Coloraillo, Forcallat tinta, Garnacha tinta, Garnacha tintorera, Graciano, Malbec, Mazuela, Mencia, Merlot, Monastrell, Moravia agria, Moravia dulce o Crujidera, Petit Verdot, Pinot Noir, Prieto picudo, Rojal tinta, Syrah, Tempranillo o Cencibel, Tinto de la pámpana blanca y Tinto Velasco o Frasco.
Rendimientos máximos:
No se superarán en ningún caso los rendimientos por hectárea que se expresa a continuación:
– Vinos procedentes de viñas con conducción en vaso: 10.000 kg/ha y 70 hl/ha.
– Vinos procedentes de viñas con conducción en espaldera: 16.000 kg/ha y 112 hl/ha.
Delimitación de la zona geográfica:
Incluye las parcelas y subparcelas ubicadas en los términos municipales del territorio de Castilla-La Mancha.
La elaboración de los vinos se realizará en bodegas situadas en los municipios comprendidos dentro de la zona geográfica.
Vínculo con la zona geográfica:
En la zona geográfica de los Vinos de la Tierra de Castilla, el viñedo se encuentra profundamente arraigado en la historia y en la cultura de sus habitantes. En 28 municipios de la zona geográfica, el viñedo ocupa más del 50% de su superficie.
En 1999 las Cortes de Castilla-La Mancha aprobaron la Indicación Geográfica Vinos de la Tierra de Castilla para los vinos que se elaboran íntegramente con uvas producidas en la zona geográfica. El objetivo de la iniciativa es facilitar su identificación a los consumidores que demandan vinos diferentes a los de denominación de origen y a los de mesa. Esta nueva indicación ha tenido gran acogida entre el sector vinícola.
Se ha producido un notable incremento en la producción de los Vinos de la Tierra de Castilla, pasando de los 5.000.000 de litros declarados, cuando se reconoce la Indicación Geográfica, a más de 126.000.000 litros en la campaña 2008/2009.
Las bodegas que elaboran Vino de la Tierra de Castilla son unas 200, y las industrias que comercializan vino de esta indicación geográfica son más de 300, que ponen este vino en el mercado con más de 600 marcas.
Requisitos adicionales aplicables al etiquetado:
Será obligatorio incluir en el etiquetado de los vinos acogidos a esta indicación geográfica protegida las siguientes indicaciones:
– En la etiqueta principal, cuando el embotellado o la expedición se efectúe en un municipio de Castilla-La Mancha, se indicará junto a éste el nombre de la provincia correspondiente. En otro caso, se deberá indicar claramente el nombre o la razón social de alguna de las personas físicas o jurídicas, o agrupación de personas, que haya intervenido en el circuito comercial del vino de la tierra y tenga su domicilio en Castilla-La Mancha, así como el nombre del municipio donde aquélla tenga su sede principal y, junto a él, el de la provincia correspondiente. No obstante, se utilizará el código postal español para indicar en el etiquetado los nombres de los municipios que incluyan o consistan en el nombre de una denominación de origen protegida o indicación geográfica protegida.
– En las etiquetas secundarias que se coloquen en un campo visual distinto al de la principal habrá de figurar la imagen del contorno del territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, correctamente ubicado en el interior de la silueta peninsular.
– Los vinos con derecho a la mención Vinos de la Tierra de Castilla se podrán expedir para el consumo en cualquier tipo de envase, siempre que se garantice la calidad comercial de la presentación, a la vista del conjunto formado por el recipiente y el sistema de cierre, y éste impida la sustitución de su contenido sin deterioro de aquél.